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Gobernación registra 535 Planes de Autoprotección de empresas cuya actividad pueda originar una situación de emergencia

  • Rodríguez: “El registro ofrece un paso más para garantizar la seguridad de las personas, ya que no se deja nada a la improvisación ante un riesgo”

El Registro Autonómico de Planes de Autoprotección recoge 535 planes desde que el Decreto se pusiera en marcha en junio de 2008, ha informado la directora general de Prevención, Extinción de Incendios y Emergencias, Irene Rodríguez.

Rodríguez ha explicado que se inscriben aquellos centros, establecimientos y dependencias cuya actividad pueda dar origen a una situación de emergencia o que pueda comportar algún tipo de riesgo para la población. Además, ha indicado que la nueva Ley de Protección Civil y Gestión de las Emergencias incluye el Registro y contempla esta tipología de planes entre los diferentes que existen de Protección Civil.

“Con este registro se quiere dar un paso más para garantizar la seguridad de personas y bienes en caso de riesgo, catástrofes y calamidades, puesto que no hay que dejar nada a la improvisación cuando se habla de emergencias y seguridad”, ha subrayado.

Asimismo, la directora general ha señalado que el pasado año se inscribieron un total de 226 empresas. “De los 535 planes, el 54% pertenece a la provincia de Valencia, el 27% a la de Alicante y el 14% a la de Castellón”, ha detallado.

Según la directora, “el Registro de Planes de Autoprotección tiene como fin la inscripción de los planes que sean relevantes para la protección civil de los centros, establecimientos y dependencias existentes en la Comunitat, dedicados a actividades que puedan dar lugar a alguna de las situaciones de emergencia que se enumeran en el Anexo I de de la Norma Básica de Autoprotección”

“En concreto, -ha continuado- y según la Norma Básica, deberán contar con Planes de Autoprotección los establecimientos de almacenamiento o manipulación de explosivos y otras sustancias peligrosas, actividades de gestión de residuos peligrosos, infraestructuras e industrias relacionadas con la minería, instalaciones nucleares y radioactivas, infraestructuras hidráulicas (presas y embalses) etc.”.

De esta manera, se establece una serie de medidas para prevenir y controlar los riesgos sobre personas y bienes, de forma que se da respuesta a situaciones de emergencia y a garantizar la integración de estas acciones en el sistema público de de protección civil.

En este sentido, Rodríguez ha señalado que, por todo ello, la Norma Básica indica que los Planes de Autoprotección han de ser adoptados por los propios titulares de las empresas públicas o privadas, con sus propios medios y recursos.

Finalmente, la directora general ha concretado que el contenido mínimo de la inscripción en el Registro Autonómico de Planes de Autoprotección de los establecimientos regulados por la Norma Básica de Autoprotección abarca los datos generales, datos estructurales, datos del entorno, accesibilidad, focos de peligro y elementos vulnerables, instalaciones técnicas de protección contra incendios y planos.

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